REQUISITOS PARA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO


Autorización que otorgan las municipalidades para el desarrollo de actividades económicas en un establecimiento determinado, en favor del titular de las mismas. Podrán otorgarse licencias que incluyan más de un giro, siempre que éstos sean afines o complementarios entre sí. Las municipalidades, mediante ordenanza, deben definir los giros afines o complementarios entre sí, para el ámbito de su circunscripción.

En el caso de que los sujetos obligados a obtener licencia de funcionamiento desarrollen actividades en más de un establecimiento, deberán obtener una licencia para cada uno de los mismos. La licencia de funcionamiento para Cesionarios permite la realización de actividades simultáneas y adicionales en un establecimiento que ya cuenta con una licencia previa.

El otorgamiento de una licencia de funcionamiento no obliga a la realización de la actividad económica en un plazo determinado.

EVALUACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD COMPETENTE

Para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento, la municipalidad evaluará los siguientes aspectos:

    • Zonificación y Compatibilidad de uso.- Evaluación que realiza la entidad competente con el fin de verificar si el tipo de actividad económica a ser desarrollada por el interesado resulta o no compatible con la categorización del espacio geográfico establecido en la zonificación vigente.
    • Informe de Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil.- Documento que sustenta y consigna el resultado de la ejecución de una Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil, mediante la cual se verifica y evalúa el cumplimiento de las condiciones de seguridad en defensa civil establecidas en la normativa vigente sobre la materia.

Cualquier aspecto adicional será materia de fiscalización posterior.

PROCEDIMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO

La licencia de funcionamiento se otorgará en el marco de un único procedimiento administrativo, el mismo que será de evaluación previa con silencio administrativo positivo. El plazo máximo para el otorgamiento de la licencia es de quince (15) días hábiles.

Para obtener la licencia de funcionamiento se requieren las siguientes condiciones de seguridad en defensa civil:

  1. Establecimientos que requieran Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil Básica, Ex Post (posterior) al otorgamiento de la licencia de funcionamiento, realizada por la municipalidad.

Aplicable para establecimientos con una área de hasta cien metros cuadrados (100 m2) y capacidad de almacenamiento no mayor del treinta por ciento (30%) del área total del local.

En estos casos será necesaria la presentación de una Declaración Jurada de Observancia de Condiciones de Seguridad a que se refiere el literal c) del artículo 7º de la presente Ley, debiendo realizarse la Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil Básica por la municipalidad, con posterioridad al otorgamiento de la licencia de funcionamiento, de manera aleatoria de acuerdo a los recursos disponibles y priorizando los establecimientos que representen un mayor riesgo de seguridad.

 
  1. Establecimientos que requieran de Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil Básica Ex Ante (antes) al otorgamiento de la licencia de funcionamiento, realizada por la municipalidad.

Aplicable para establecimientos con un área mayor a los cien metros cuadrados (100 m2). En ambos supuestos la Tasa a que se refiere el artículo 15º de la presente Ley, incluye el pago correspondiente a las inspecciones.

  1. Establecimientos que requieren de Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil de Detalle o Multidisciplinaria expedida por la Municipalidad Metropolitana de Lima o Gobierno Regional, según corresponda.

Aplicable para establecimientos con un área mayor a los quinientos metros cuadrados (500 m2). El titular de la actividad deberá obtener el Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil de Detalle o Multidisciplinaria correspondiente, previamente a la solicitud de licencia de funcionamiento.

En este supuesto, el pago por el derecho de tramitación del Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil deberá abonarse en la MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA O GOBIERNO REGIONAL, según corresponda.



REQUISITOS PARA LA OBTENCION DE LICENCIA

  1. Solicitud de Licencia de Funcionamiento ( FORMATO)
  2. Certificado de Inspección Técnica de Defensa Civil Básica: si el establecimiento tiene un área ocupada menor a 100.00 m2 presentará Declaración Jurada de Condiciones de Seguridad, por cuanto la inspección de defensa civil se realizará después de entregada la licencia de funcionamiento. Si el establecimiento tiene una área ocupada de 101.00 m2 a 500.00 m2, la inspección técnica de defensa civil se realizará antes de la emisión de la licencia de funcionamiento.
  3. Certificado de Defensa Civil de Detalle: de ser el caso de un local mayor a 500.00 m2 de área ocupada o de ser menor, pero con más de 20 PC, equipos electrónicos y demás supuestos especificados en el Reglamento de Inspecciones y otros, con complejidad declarada por la autoridad distrital
  4. Certificado de Defensa Civil de las Zonas Comunes, de ser el caso de un local que forma parte de una edificación mayor, y que su acceso y salida sea por las áreas comunes de la edificación.
  5. Copia del RUC
  6. Copia del DNI, de ser el solicitante una persona natural.
  7. Copia del RUC, vigencia de poder y DNI, de ser el solicitante una persona jurídica.
  8. Croquis de Ubicación del Establecimiento.
  9. Pago por Derecho de Trámite.

VIGENCIA DE LA LICENCIA

De conformidad al Artículo 11 de la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, Ley No.28976 la Licencia de Funcionamiento otorgada tiene vigencia indeterminada.




ALDIE SOLUCIONES INMOBILIARIAS S.A.C. con sus técnicos y profesionales de amplia experiencia, brindan asesoría, gestión y trámites, conforme a su requerimiento:

  • Licencias de funcionamiento de locales comerciales y cualquier otro giro y/o uso, que incluye la obtención del Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil Básica o de Detalle, según correponda.
  • Licencia por ampliación de área comercial o cambio de giro.
  • Licencias de anuncios y/o elementos de publicidad exterior.
  • Licencias de uso de retiro con fines comerciales.
  • Licencias de funcionamiento para giro especial: hoteles, hostales, casinos, tragamonedas, discotecas y otros.
  • Autorizaciones de trabajos en vía pública, acondicionamiento de viviendas y locales comerciales.
  • En general todo tipo de Licencia y/o Autorización que otorguen las municipalidades distritales y provinciales, así como los Gobiernos Regionales, solicitándose, de ser necesario, la ampliación de su vigencia.


ALDIE SOLUCIONES INMOBILIARIAS S.A.C. le ofrece sus servicios de asesoría, gestión y trámite, así como absolvemos sus consultas sin compromiso alguno, para lo cual envíenos un mensaje a nuestro correo electrónico gerencia@aldiesac.com o llámenos a nuestros teléfonos que gustosamente lo atenderemos con la mayor cordialidad, para coordinar una visita a vuestro local y poder presentarles una propuesta técnica y económica.



HAGA CLICK AQUI, PARA ENVIARNOS SU CONSULTA

 

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO

Post: Licencia de Funcionamiento, Licencia de Funcionamiento, Licencia de Funcionamiento, Licencia de Funcionamiento, Licencia de Funcionamiento, Licencia de Funcionamiento, Licencia de Funcionamiento. licencia-de-funcionamiento licencia-de-funcionamiento

CERTIFICADO DE DEFENSA CIVIL


CERTIFICADO DE DEFENSA CIVIL VISITA NUESTRO BLOG - Haz click aquíL

5 comentarios:

  1. Patricia Zonzáles3 de abril de 2012, 14:14

    Indudablemente que todos los que desarrollamos una actividad comercial, debemos de saber estos procedimientos administrativos para no incurrir en infracciones que motiven procedimientos sancionadores por parte de las municipalidades. Si bien las licencias de funcionamiento son indeterminadas, osea no tienen vencimiento, la obligación de renovar el certificado de defensa civil es cada dos años, y el no tenerlo o tenerlo vencido es causal de clausura temporal, definitiva y revocación de la licencia. Gracias por la información

    ResponderEliminar
  2. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

    ResponderEliminar
  3. he alquilado un local con 21.74 mts de area , me acerque a la municipalidad para su respectiva licencia de funcionamiento y me doy con la sorpresa que me piden un pozo tierra para esta pequena area... es necesario que lo haga ya que en el interior de la tienda solo hay 3 mostradores y una exhibidora... ayuda con con la consulta...

    ResponderEliminar
  4. No les parece exagerado estar cobrando 74 soles por cada inspección , si fue el inspector y encontró cerrado el local tendrá que pagar nuevamente sus 74 soles ahora de todas maneras harán una observación y nuevamente se tendrá que pagar 74 soles

    ResponderEliminar
  5. y en caso que tenga mi licencia de funcionamiento y quiera cambiar la posicion de mi barra que procedimiento debo hacer?

    ResponderEliminar