CERTIFICADO DE ITSE - RESPUESTAS A PREGUNTAS FRECUENTES

CERTIFICADO DE DEFENSA CIVIL - ITSE

PREGUNTAS SOBRE INSPECCIONES TECNICAS Y CERTIFICADO ITSE
(antes DE DEFENSA CIVIL)


1.-¿Porqué se cambió el nombre de Certificado de Defensa Civil por el de Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil?

El Decreto Supremo Nº 002-2018-PCM Aprueba el nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones (ITSE) y ratifica el cambio de nombre de Certificado de ITS en Defensa Civil por el de Certificado de ITSE.

2.-¿Qué es una ITSE?

Una Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones (ITSE), es una acción transversal a la Gestión del Riesgo de Desastres, a solicitud de parte, que comprende el conjunto de procedimientos y acciones efectuadas por los Órganos Ejecutantes, con la intervención de los Inspectores Técnicos de Seguridad en Edificaciones autorizados por el MINISTERIO DE VIVIENDA, conducentes a verificar y evaluar el cumplimiento o incumplimiento de la normativa en materia de seguridad en edificaciones aplicables en los objetos de inspección, con la finalidad de prevenir y/o reducir el riesgo debido a un peligro originado por fenómeno natural o inducido por la acción humana, con la finalidad de proteger la vida de la población y el patrimonio de las personas y del Estado.

3.-¿Quienes están obligados a obtener el Certificado ITSE?

Las personas naturales y jurídicas de derecho público o privado propietarias, administradoras y/o conductoras de los objetos de inspección están obligados a obtener el Certificado de ITSE, para lo cual deberán solicitar la ITSE correspondiente.

4.-¿Cuál es la vigencia de un Certificado ITSE?

Un Certificado de ITSE tienen una vigencia de DOS AÑOS, es decir que deben de ser renovadas cada dos años.

5.-¿Un Certificado ITSE puede ser revocado?

El Reglamento de ITSE aprobada por el D.S. Nº 002-2018-PCM precisa, que si en una Visita de Inspección de Seguridad en Edificaciones (VISE) se constata que la edificación no mantiene las condiciones de seguridad con la que fue aprobada y no es subsanada en el plazo de dos hábiles como máximo procede la revocación del Certificado ITSE. Por tanto deben de solicitar un nuevo Certificado ITSE si se han realizado modificaciones, ampliaciones y/o cambios de uso que evidencien el cambio negativo de las condiciones de seguridad (incremento de la carga instalada o máxima demanda eléctrica, la ampliación provisional de instalaciones eléctricas en forma precaria, la obstrucción de los medios de evacuación, modificación de las estructuras, disminución de equipos de seguridad contra incendios y señales de seguridad, incremento de aforo, entre otros que representen incumplimiento de la normativa en materia de seguridad de edificaciones).

6.-¿Cada cuanto tiempo la Municipalidad realiza un control de las edificaciones, que cuenten con o sin Certificado ITSE?

El Órgano Ejecutante de la Municipalidad efectuará Visita de Inspección de Seguridad en Edificaciones (VISE), como mínimo una vez al año, es decir que dependiendo de su programación y carga administrativa puede realizar una VISE mensual, trimestral, semestral y en cualquier fecha y tantas veces al año como su capacidad lo permita. Por tanto las edificaciones deben de mantener las condiciones con que fue aprobado su Certificado ITSE o solicitar una nueva en caso de cualquier variación señalado en el párrafo anterior. Los Órganos Ejecutantes de la Municipalidad al constatar que una edificación, al momento de la VISE, no cuenta con el Certificado ITSE, independientemente de las observaciones y aún así cumpla con las condiciones de seguridad, correrá traslado al Área de Fiscalización Administrativa Municipal para que en aplicación del Procedimiento Sancionador ejerza las acciones de su competencia, que pueden devenir en Resolución de Multa Administrativa con Clausura Temporal hasta que adecuen su conducta infractora.

7.-¿Los Certificados de ITSE que se emitieron con calidad de Indeterminadas deben de adecuarse al Nuevo Reglamento de Inspecciones y solicitar un nuevo Certificado ITSE?

Todos los certificados de ITSE que fueron emitidos como indeterminados al amparo de la D.S. Nº 058-2014-PCM, conforme al D.S. Nº 002-2018-PCM que la deroga, tienen vigencia hasta el 31.12.2019, en consecuencia antes de esa fecha están obligados a iniciar el trámite de nuevo Certificado de ITSE, que incluye adecuarse a la nueva normativa y su inspección será de acuerdo a su nivel de riesgo.

8.-¿Cuanto dura el procedimiento administrativo de obtención del Certificado de ITSE?

El D.S. Nº 002-2018-PCM precisa que, el plazo máximo para el procedimiento de una ITSE DE RIESGO BAJO O RIESGO MEDIO es de nueve (9) días hábiles, y de la ITSE DE RIESGO ALTO Y MUY ALTO es de siete (7) días hábiles, sin perjuicio de una eventual suspensión conforme a lo señalado por el Reglamento, como es el caso de plazo de subsanación.

9.-¿EN EL AMBITO DE LA PROVINCIA DE LIMA: Donde solicito el Certificado de ITSE?

  • ANTE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA.- todas las edificaciones y eventos ubicadas sólo en la jurisdicción de Lima Cercado, deben solicitar ante dicha municipalidad metropolitana el Certificado de ITSE de Riesgo Bajo, Riesgo Medio, Riesgo Alto y Riesgo Muy Alto.
  • ANTE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL.- todas las edificaciones y eventos de hasta 3,000 espectadores ubicadas en la jurisdicción de una Municipalidad Distrital, deben solicitar ante dicha municipalidad distrital el Certificado de ITSE de Riesgo Bajo, Riesgo Medio, Riesgo Alto y Riesgo Muy Alto.


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